lunes, 13 de enero de 2014

Los cambios en la cotización de los pagos en especie

Planes de pensiones. Desde este año, las aportaciones a los fondos de pensiones privados y otras prestaciones que mejoren las que ofrece la Seguridad Social, excepto la de incapacidad temporal, pasan a integrarse en la base de cotización.

Vales de comida. En 2014 estas ayudas pasarán a cotizar desde el primer euro percibido por el trabajador. Hasta ahora solo se integraban en las cuotas a la Seguridad Social cuando excedían los nueve euros al día.

Ayudas de guardería. Los beneficios sociales, normalmente derivados de la negociación colectiva, como las ayudas de guardería, que hasta ahora estaban exentos pasan a cotizar en su integridad.

‘Stock options’. Toda retribución en acciones gratuitas o a un precio por debajo del mercado, pasará a considerarse íntegramente en la base de cotización. Con la norma anterior, esto sucedía cuando superaba los 12.000 euros anuales.

Dietas de transporte. Las compensaciones de transporte y distancia también pasarán a cotizar desde el primer euro. Antes solo lo hacían cuando el monto excedía el 20% del IPREM (en total 639 euros al mes).

Seguro médico. Las primas de responsabilidad civil, que hasta ahora estaban exentas, pasan a cotizar totalmente. Por lo que respecta a los seguros médicos lo hacen a partir de los 500 euros.

Donaciones promocionales. Las cantidades en dinero o promociones en especie, para que el empleado a su vez la pueda revender, pasarán ser cotizar íntegramente, cuando antes solo lo hacían desde los 1.065 euros al mes.

miércoles, 8 de enero de 2014

Nuevo modelo 145 de comunicación de datos al pagador para 2014

El modelo 145 de comunicación de datos del perceptor de rentas de trabajo al pagador, es un documento que determina el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para que los trabajadores comuniquen los datos personales o familiares que afectan al cálculo del % de retención de IRPF, a las empresas al incorporarse a trabajar o para comunicar cualquier cambio en sus circunstancias que supongan una variación en el tipo de retención.
Este nuevo modelo 145 incluido en la Resolución de 17 de diciembre de 2013, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha entrado en vigor el 3 de enero de 2014 fecha de publicación en el BOE y surtirá efectos en relación con las comunicaciones de datos al pagador, o de variación de los datos previamente comunicados, efectuadas o que deban efectuarse a partir del 1 de enero de 2014.

El nuevo modelo, para adaptarse a los cambios en la normativa del IRPF incorpora las siguientes modificaciones:

  1. Se modifica el apartado 5 para adaptarlo a la modificación de los art.86.1, 87.2.12º y 88.1 del Reglamento del IRPF por RD 960/2013 (deducción por inversión en vivienda habitual), introduciendo el siguiente texto “Importante: sólo podrán cumplimentar este apartado los contribuyentes que hayan adquirido su vivienda habitual, o hayan satisfecho cantidades por obras de rehabilitación de la misma, antes del 1 de enero de 2013”. 

  2. Se modifica el apartado 4 para adaptarlo a la modificación del art.83.3 e) y 85.2.2º del Reglamento por RD 960/2013, suprimiendo la mención a la obligación de acompañar a la comunicación el testimonio literal de la resolución judicial determinante de la pensión compensatoria y/o anualidad por alimentos de que se trate. 

  3. Se suprime la obligación del pagador de “conservar, a disposición de la Administración tributaria, los documentos aportados por el contribuyente para justificar la situación personal y familiar”.  

  4. Se modifica el apartado 7.1 de la anterior resolución del modelo 145 de 03/11/2011, para explicitar la forma de acusar recibo por parte de la persona o entidad pagadora de la comunicación de datos que le haya sido presentada por el perceptor de rentas del trabajo, mediante la devolución a éste del ejemplar del modelo 145 previsto a tal efecto, una vez cumplimentado el apartado 7 del mismo (acuse de recibo)